La vivienda en España ya no tiene un precio fijo, sino que ahora éste es negociable. Los demandantes son escasos y lo saben. Están convencidos de que el valor de mercado de los pisos continuará bajando en el futuro y, aunque pretenden adquirir uno, se niegan a pagar un sobreprecio. Por ello, no aceptan sufragar el importe que el promotor o propietario de la vivienda inicialmente les pide. Quieren negociar y obtener una sustancial rebaja. Si no la consiguen, la mayoría tiene clara la decisión a adoptar: esperar.
En la actualidad, esta sucediendo un fenómeno inverso al observado durante la etapa final del último “boom” inmobiliario (2003 - 2005). En ella, el promotor tenía la sensación de que vendía barato ya que, fuera prácticamente cual fuera el precio establecido, la demanda absorbía con una inusitada rapidez la oferta (ésta era la escasa). Por tanto, optaba por fijar un “precio máximo”.
En cambio, ahora, los adquirentes más avispados pretenden pagar un “precio mínimo”. Pero, ¿cuál es éste? En el caso de la vivienda nueva el equivalente al importe de la hipoteca que grava la propiedad. Un promotor puede estar dispuesto a perder dinero en una determinada promoción (no es frecuente), no obstante, siempre y cuando la venta de ésta le permita obtener liquidez. Sin embargo, si procediera a vender los pisos de la misma por debajo del valor de su hipoteca, además de probablemente incurrir en pérdidas, debería pagar a la entidad financiera la diferencia entre el importe de los créditos hipotecarios y el precio final de los pisos. Aún en el remoto caso de que quisiera hacerlo, difícilmente podría. El motivo es que en la actualidad hay numerosos promotores con un elevado patrimonio, pero la mayoría con una escasísima liquidez.
Evidentemente, la cuestión clave es: ¿cómo averiguar el importe de la hipoteca de una vivienda? La solución consiste en recurrir al Registro de la Propiedad. A través de Internet (www.registradores.org), por un módico precio de 9,02 euros, existe la posibilidad de solicitar una nota simple donde quedan reflejadas sus cargas hipotecarias. Para obtener la información requerida, a veces es suficiente con señalar su ubicación. En cambio, en bastantes otros casos, es necesario disponer de datos adicionales, tales como el número registral o indicar a quién pertenece la vivienda.